Resumen | |
[J] | Procedimiento de oficio. Nulidad del acuerdo alcanzado entre empresa y representantes legales de los trabajadores de suspensión del contrato de trabajo y reducción de jornada por fraude de ley y abuso de derecho.(publicado en Actualidad Diaria 4578 el 9 de junio de 2023) |
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La Dirección General de Diálogo Social y Bienestar Laboral de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia presentó demanda de oficio para que, al amparo del art. 47.1, párrafo 10 del Estatuto de los Trabajadores (ET), hoy art. 47.3, art. 148. b) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS), y art. 24 del Real Decreto (RD) 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada, para que se declare la nulidad del acuerdo alcanzado, en el periodo de consultas, entre empresa y representantes de los trabajadores en el expediente de suspensión de contratos de trabajo y reducción de jornada (ERTE), de 23 de noviembre de 2021 por fraude de ley y abuso de derecho en la conclusión del mismo. El Supremo desestima el recurso. Se dicta un voto particular. | |
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